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Atribuciones básicas:

 

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.
  • Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

 

Atribuciones complementarias:

 

  • Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.

 

Condiciones de obtención:

 

  • Haber cumplido 18 años de edad.
  • Poseer el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
  • Aprobar el examen teórico correspondiente.
  • Realizar las prácticas de seguridad y de navegación.
  • Presentar un informe de aptitud psicofísica de acuerdo al capítulo IV del Real Decreto 875/2014.
  • Realizar el curso de radio-operador de corto alcance. Si este curso ya se ha realizado anteriormente no será necesario realizarlo nuevamente.

 

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